jueves, 24 de septiembre de 2020

TRIBUNAL RESOLVIÓ IMPONER MEDIDA DE DESACATO A GOBERNADOR POR NO GARANTIZAR SERVICIO DE SALUD

 

El Tribunal Contencioso Administrativo del departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, atendiendo lo dispuesto por el Honorable Consejo de Estado, en Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en su providencia de fecha 9 de julio de 2020, resolvió abrir incidente de desacato por el incumplimiento de las órdenes contenidas en los numerales quinto sexto y séptimo parcial de la parte resolutiva del fallo de acción popular del 24 de septiembre de 2018, el cual ordenaba al departamento a garantizar la prestación del servicio de salud en el departamento archipiélago, en contra del Dr. Everth Hawkins Sjogreen, en calidad de gobernador del Departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; Dr. Julián Davis Robinson, en calidad de Secretario de Salud del departamento; Marta Cecilia Ramírez Orrego, en calidad de representante legal de la IPS Universitaria de Antioquia; Ramiro de Jesús Roldán Henao, representante del actual operador Sermedic IPS SAS y el Dr. Michael Manuel Cardona, Gerente Zonal de la Nueva EPS.

Asimismo, notifico de manera personal la presente decisión a los incidentados por el término de tres días para que ejerza su derecho de defensa y contradicción.

Tambien el tribunal decreto de oficio la práctica de informes que bajo juramento enviaran al proceso las siguientes autoridades sobre los hechos de que tengan conocimiento en relación con el cumplimiento de las órdenes judiciales dictadas por el Tribunal en sentencia fechada 24 de septiembre de 2018, aclarada en la providencia del 03 de octubre de 2018, a saber: - El señor Gobernador en calidad de representante legal del departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Everth Hawkins Sjogreen, y el Secretario de Salud Departamental Julián Davis Robinson, rendirán informes bajo la gravedad del juramento del nuevo modelo de salud que ha sido diseñado para regir en el Departamento, junto con todas las pruebas que demuestren las gestiones adelantadas para su ejecución e implementación.

El señor Gobernador en calidad de representante legal del departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Everth Hawkins Sjogreen, y a la representante de la entidad prestadora del servicio de salud Marta Cecilia Ramírez Orrego, en calidad de representante legal de la IPS Universitaria de Antioquia, enviarán informes bajo la gravedad del juramento al Despacho sobre las gestiones realizadas para la posible suscripción de un convenio con el objeto de disponer de un medio de transporte aéreo preferiblemente medicado, para el desplazamiento de pacientes que sean remitidos al Hospital Departamental para recibir atención médica, que no pueda ser dispensado en el municipio de Providencia.

- El Gerente Zonal de la Nueva EPS, Michael Manuel Cardona, informará bajo la gravedad del juramento a este Despacho un informe detallado sobre los mecanismos y estrategias implementadas para que el trámite administrativo de la remisión de pacientes, se haga de manera ágil, oportuna y eficiente, eliminando cualquier factor que obstaculice que éstos puedan cumplir la cita asignada en la ciudad y fecha programada.

Los informes deberán ser allegados al correo habilitado debidamente individualizados y precisando al proceso que se dirige, en un término improrrogable de cinco días contados a partir de la notificación de este proveído.